4/6/2026 · 01:11 hs
En cuanto al informe, el mismo detalle, el marco normativo aplicable, normativa nacional de transporte, jurisprudencia de la Corte Suprema y la normativa supranacional
Una tasa que percibe la Municipalidad de Tinogasta y que deben abonar los transportistas de carga pesada abrió la polémica y generó quejas por parte de quienes deben transitar por las rutas del departamento del Oeste provincial.
De acuerdo con lo que se pudo conocer, la queja de los transportistas es por la “Tasa por servicios ambientales y de preservación de infraestructura vial urbana frente a carga pesada” vigente, que la Municipalidad de Tinogasta les cobra y es de 25 mil pesos por vehículo.
David Elías Nieto, presidente de la Cámara de Transportes de Catamarca (CTC), le envió una nota al presidente del Concejo Deliberante (CD) tinogasteño, Mauro Argañaraz, en la que plantea el análisis de legalidad de la mencionada tasa, precisando que es “un deber institucional dirigirnos a usted con el fin de exponer las graves inconsistencias jurídicas” que presenta la implementación de la tasa municipal en cuestión.
“Motivados por la defensa de la actividad logística y la competitividad de nuestra región, entendemos que dicha normativa colisiona con preceptos constitucionales y acuerdos internacionales de jerarquía superior”, señala, para luego indicar que envía un informe técnico que “fundamenta la necesidad de su inmediata revisión y remoción”.
Sobre el análisis de la tasa municipal, detalla que se cobra por unidad de ingreso al ejido urbano, sin necesidad de que exista una prestación concreta y con montos fijos según tonelaje, por lo que la convierte en un gravamen al tránsito y no en una tasa retributiva.
En otro punto, menciona la afectación del comercio interjurisdiccional, ya que al cobrarse por ingresar al ejido urbano se afecta el transporte nacional, internacional y de paso.
“El cobro por ‘ingreso al ejido’ equivale a un peaje urbano, sin ruta concesionada y sin contraprestación específica; todas estas figuras han sido declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema”, señala.
En otro punto de análisis, hace mención al ATIT, que es el marco jurídico que regula el transporte internacional terrestre entre países del Mercosur y asociados.
“Confiando en que esta presentación sea de su agrado y aporte la información necesaria para facilitar la remoción de la tasa anteriormente mencionada en pro de favorecer la economía local, regional y además evitar que empresas locales de transporte sufran daños económicos irrecuperables que incluso puedan llevar a la pérdida de puestos de trabajo”, concluye el titular de la CTC.











