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18 abril 2026, 12:15 pm

Paritaria docente: Gobierno le estableció a los sindicatos votos según cantidad de afiliados

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A través de un decreto, el Ministerio de Trabajo fijó una escala de 1 a 4 votos para los gremios basada en el número de aportantes reales. Apuntaría a transparentar la representatividad.

POLÍTICA

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Por Redacción El Esquiu

18/4/2026 · 01:23 hs

Antes de que se anuncie la unificación de Educación con Trabajo, la ahora titular de ambas carteras, Verónica Soria, firmó un decreto que no solo cambia el sistema de definición de las paritarias docentes, sino también que apuntaría a transparentar la representatividad sindical en la negociación salarial y laboral del sector educativo. Para el caso, a través del Decreto N° 337 (rubricado el pasado 8 de este mes) se estableció un mecanismo asignando votos a los gremios docentes reconocidos  de acuerdo a la cantidad real de afiliados.
En el primer artículo del instrumento se establece que la legitimación para participar en los acuerdos paritarios quedará reservada a las entidades que: “Acrediten el ámbito personal y territorial de actuación provincial docente” y que, fundamentalmente, cuenten con afiliados cotizantes en la Provincia. Esta exigencia de aportes gremiales efectivos será el filtro por el cual deberán pasar tanto la Intersindical Docente (Ateca, Sadop y Sidca) hasta las representaciones de UDA y Suteca. Es que la normativa habilita al Ministerio de Trabajo a fijar el peso de cada gremio en las paritarias conforme surja de los registros derivados de los descuentos efectuados a los afiliados  al inicio de cada proceso paritario anual.
Además, el decreto modifica la relación política con los gremios, ya que termina con el esquema de representatividad uniforme para pasar a un sistema de proporcionalidad. Es decir, los sindicatos docentes que cuenten con una base de afiliados de entre el 2% del total de trabajadores y hasta 1000 aportantes dispondrán de un solo voto. Por su parte, los gremios que se ubiquen en el rango de 1001 a 2000 afiliados tendrán dos votos mientras que las entidades con 2001 a 3000 cotizantes alcanzarán los tres votos. Así, los sindicatos que superen la barrera de los 3001 afiliados concentrarán el máximo de cuatro votos, número que les daría peso en la toma de decisiones sobre acuerdos salariales y condiciones laborales.
Eso sí, para evitar cambios de último momento, el texto oficial blinda la estabilidad del sistema. Es que, en el artículo cuarto determina de forma estricta que: “La cantidad de votos asignada a cada organización sindical tendrá vigencia para la totalidad del proceso paritario docente correspondiente a cada año y no podrá ser modificada una vez iniciado dicho proceso”. En tanto, la cartera laboral se reservó la potestad de ajustar el sistema ya que se autorizó a dictar las normas reglamentarias y complementarias que resulten necesarias para la adecuada operatividad e implementación del presente Decreto. 

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