La Secretaría de Industria y Comercio abrió sumarios a firmas públicas radicadas en 15 provincias. En el caso local, se abrió sumario a la empresa de energía por el cobro de tasas en 5 municipios.

POLÍTICA
Por Redacción El Esquiu
22/12/2024 · 00:33 hs
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, a cargo de Luis “Toto” Caputo, imputó a 94 empresas de servicios públicos por incluir en sus facturas tasas o cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, situación que va contra una medida que había lanzado el Gobierno en octubre con la que se prohibía la inclusión de esos ítems en las boletas.
En el listado de las empresas imputadas por la gestión libertaria aparece la distribuidora local de energía EC Sapem por facturaciones correspondientes a noviembre.
En este orden de ideas, y de acuerdo al documento en cuestión, se desprende que la empresa estatal provincial incluyó en sus facturas tasas o cargos por fuera de los dispuesto en cinco municipios. Para el caso, se abrieron sumarios respecto al cobro en Capital, la localidad de Rincón (en el distrito pomanista de Saujil), Valle Viejo, Tinogasta y la ciudad cabecera lapaceña de Recreo.
De acuerdo a un comunicado oficial, en total se abrieron 112 nuevos expedientes para determinar el incumplimiento de la norma.
En este sentido, se abrieron sumarios a compañías de las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, La Pampa, Mendoza, Misiones, Neuquén, San Luis, Santa Fe, Tierra del Fuego y Tucumán. Una vez recibidas las notificaciones, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo.
Cumplido ese plazo, la Secretaría de Industria y Comercio podrá sancionar a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que contempla multas de hasta 2.130 millones de pesos.
En noviembre, la Secretaría ya había imputado a 95 empresas por el mismo motivo. En esa oportunidad se habían abierto sumarios a firmas de la Ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán. Es decir, no figuraba Catamarca. Tras los descargos de las empresas, los expedientes ya se encuentran en la etapa de imposición de multa en caso de corresponder.
La Resolución 267/24 estableció que desde octubre las empresas sólo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado. Por aquellos tiempos, la Secretaría había precisado en un comunicado, “los derechos de los consumidores tienen status constitucional” ya que el artículo 42 “establece que los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información fehaciente y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos”.











