La defensa de Pity Álvarez argumenta incapacidad psíquica para enfrentar juicio

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La defensa de Cristian Pity Álvarez, quien se encuentra acusado del asesinato de Cristian Maximiliano Díaz en julio de 2018, sostiene que el cantante no posee la capacidad psíquica ni cognitiva necesaria para afrontar el juicio oral y público.

El abogado Javier Ignacio Baños, quien se ha hecho cargo de la defensa, declaró que Álvarez «no comprende la criminalidad de sus actos» y solicitó la suspensión del debate. En sus declaraciones, Baños enfatizó: «Pity no está en condiciones de estar en juicio; no tiene capacidad psíquica, cognitiva, para afrontar un debate de estas características».

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La defensa también se basa en un dictamen del Cuerpo Médico Forense que indica que Álvarez presenta una incapacidad mental que le impide ser juzgado, lo que llevó a la cancelación del proceso en 2023. Según Baños, el informe revela un deterioro psico-orgánico compatible con un trastorno cognitivo mayor y un trastorno depresivo, lo que representa una situación extremadamente grave y posiblemente irreversible.

El abogado ha solicitado realizar una resonancia nuclear magnética y un estudio cognitivo que actualmente no se encuentra en el expediente. Además, ha pedido la declaración de un neurólogo y un psiquiatra para evaluar las condiciones del músico.

El juicio se lleva a cabo en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 29, donde la defensa ha argumentado que el proceso debería ser conducido por jurados populares, tal como establece la Constitución Nacional. Según la ley, todos los juicios criminales ordinarios deben finalizar con jurados en casos donde las penas sean iguales o superiores a 20 años de prisión o reclusión.

Baños también cuestionó la capacidad de Álvarez para actuar en el momento del incidente, sugiriendo que podría haber estado en un estado de inconsciencia y planteando la posibilidad de un error invencible que eliminaría su culpabilidad. Además, resaltó que podría haberse dado un exceso en la legítima defensa, lo que añade complejidad al caso.

Fuente: NA

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