11.1 C
Chumbicha
14 mayo 2026, 7:03 am

FUNDAMENTOS DE LA ABSOLUCIÓN AL JUEZ AYBAR

- Publicidad -

Según la mayoría: “No se acreditó el mal desempeño para la destitución”

Se conocieron los argumentos de los votos de los miembros del tribunal. El juez belicho volvió a su cargo.

POLICIALES

- Publicidad -

Por Redacción El Esquiu

27/3/2025 · 01:48 hs

En una decisión que generó cierta polémica, el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados y Miembros del Ministerio Público resolvió absolver al Dr. Miguel Ángel Aybar, Juez Civil, Comercial y de Familia de la Tercera Circunscripción Judicial de Belén, del cargo por supuesto mal desempeño en sus funciones.

El veredicto, emitido tras el jury, expuso una clara división entre los miembros del tribunal, con votos a favor y en contra de la destitución.

La acusación contra el Dr. Aybar se centraba en el retardo reiterado en resolver causas judiciales, un cargo que, según la fiscalía a cargo de Augusto Barros, configuraba un mal desempeño de sus funciones. 

Sin embargo, la mayoría del tribunal, integrado por los Dres. Néstor Hernán Martel, María Cecilia Martín, Federico Guillermo Pague y el Diputado Carlos Antonio Marsilli, mostraron que si bien existía una demora objetiva en el dictado de sentencias, no se había probado una conducta negligente o desaprensiva por parte del magistrado que justificara su destitución. 

“La valoración prudente e integral de la totalidad de las circunstancias de la presente causa de enjuiciamiento demuestra que no se ha comprobado que ese solo hecho [el retardo en el dictado de sentencias] constituya un reproche de tal magnitud que justifica la remoción del magistrado sujeto al presente proceso”, coincidieron los cuatro integrantes. 

En su análisis, este sector del tribunal destacó la carga de trabajo del juez, las dificultades de infraestructura y la dedicación demostrada en el cumplimiento de sus funciones fueron claves a la hora de tomar la decisión.

Por otro lado, el senador Augusto César Ojeda y el diputado Rubén Damián Brizuela expresaron su disidencia con la absolución.

En su voto en minoría, argumentaron que el retardo en resolver las causas era “reiterado, grave y manifiesto”, y que el juez había reconocido la demora en su propia declaración. 

Por su parte, los otros dos miembros expresaron que: “El retardo reiterado en resolver las causas sometidas a su jurisdicción permite encuadrar la conducta del magistrado en la causal de mal desempeño de sus funciones. La mora atribuida al funcionario judicial responde a un comportamiento habitual y permanente que se verifica en este juicio en las más de 400 causas en las cuales el Dr. Aybar omitió  emitir las sentencias a su cargo”.

Además, cuestionaron la justificación del magistrado sobre la priorización de casos y la falta de recursos, señalando que la demora afectaba el derecho de los justiciables a una justicia oportuna.

El fallo del Tribunal de Enjuiciamiento, por mayoría, resolvió no hacer al planteo de caducidad del proceso y absolver al Dr. Aybar del cargo por el que fue acusado. Esta decisión, sin embargo, deja en evidencia la profunda división de opiniones dentro del tribunal y plantea interrogantes sobre los criterios de evaluación del desempeño judicial y las consecuencias del retardo en la administración de justicia, como así también sobre la infraestructura que posee el Poder Judicial en el interior provincial y el impacto del crecimiento demográfico.

- Publicidad -

OTROS ARTICULOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

MAS NOTICIAS