La autoridad monetaria impuso una restricción cruzada a quienes ocupan cargos de relevancia en el sector financiero, que los obliga a elegir entre el dólar ahorro o el dólar MEP/CCL.

NACIONALES
Por Redacción El Esquiu
19/9/2025 · 09:25 hs
El Banco Central (BCRA) decidió aplicar una nueva restricción del cepo cambiario, focalizándose en directivos y accionistas de entidades financieras y sus familiares. La Comunicación A8332 del BCRA establece que si estas personas compran dólares a través del mercado de cambios oficial (MLC), no podrán operar con el dólar MEP o el dólar contado con liquidación (CCL) durante los 90 días siguientes.
Esta medida busca controlar la Formación de Activos Externos (FAE), ya que el BCRA detectó que, desde la flexibilización del cepo en abril, un 47,5% de la FAE se canalizó mediante operaciones contra cuentas en el exterior. Con la nueva normativa, el Banco Central impone una restricción cruzada que les impide a estas personas operar libremente con los diferentes tipos de cambio.
Para asegurar el cumplimiento de la norma, el BCRA dispuso que las entidades financieras deberán solicitar una declaración jurada a las personas alcanzadas por la medida, donde se comprometan a no comprar títulos valores con liquidación en moneda extranjera por 90 días corridos después de haber accedido al mercado oficial.
La restricción afecta a un grupo específico de personas, que incluye:
- Accionistas con una participación mayor al 5% en el capital social o votos de la entidad.
- Directores, síndicos o integrantes del Consejo de Vigilancia.
- Funcionarios con rango de gerente o superior.
- Personas en cargos similares en otras entidades autorizadas a operar en cambios.
- Cónyuges, convivientes o parientes hasta segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad de las personas mencionadas.











