El 30 de junio el magistrado dará a conocer los fundamentos y, en caso de así considerarlo, las partes podrán casar el fallo.
17/6/2026 · 02:00 hs
Tal como estaba previsto, ayer se llevó adelante la audiencia de cesura en la sala de la oficina de la OGA a José Ricardo Aguilar, quien fue declarado culpable el jueves de la semana pasada por un jurado popular por el delito de homicidio simple.
La audiencia inició minutos después de las 9.00 de la mañana y fue dirigida por el juez director del proceso popular, Fernando Esteban. A la sala concurrió el ahora condenado -quien recuperó la libertad tras declararse en febrero pasado la nulidad del primer juicio por jurado, oportunidad en la que fue sentenciado a prisión perpetua- junto a sus abogados defensores, la viuda de Diego Chaves, quien fue asistida como querellante por el abogado Leonardo Carrasco, y el fiscal de Cámara, Dr. Alejandro Dalla Lasta.
El representante del Ministerio Público fue el primero en exponer su alegato, remarcando en más de una oportunidad que “el hecho -por el crimen del policía- no debía ser considerado un crimen común y, por ende, la condena a dictarse debía ser ejemplar”.
Luego alegó el abogado querellante, que básicamente le pidió al juez que tenga en cuenta al momento de mensurar la pena en contra de Aguilar que “el pedido de disculpas que hizo fue al jurado más que a las propias víctimas de esta situación”. Por eso, agregó el letrado: “El mensaje que nosotros damos a la sociedad… es el de la desprotección que el Poder Judicial da a toda la ciudadanía si la pena es baja (…)”.
Finalmente, al momento de solicitar la pena, Carrasco indicó: “Reconocemos la falta de antecedentes -lo que favorece a Aguilar-, pero entendemos que se ajusta a derecho una condena de 23 años de prisión”.
A renglón siguiente, se escuchó a la defensa de Aguilar, que pidió el mínimo de la pena prevista para el delito de homicidio simple, es decir, 8 años de prisión (ver aparte).
Condena
Tras un breve cuarto intermedio y con el silencio del imputado en la última palabra, el juez director Fernando Esteban dio a conocer el veredicto de sentencia.
El juez declaró culpable a José Ricardo Aguilar del delito de homicidio simple, imponiéndole la pena de 20 años de prisión, que será cumplida en el penal de Miraflores una vez que el fallo quede firme. Al escuchar el veredicto, el ahora condenado se tomó la cara y lloró.
El próximo 30 de junio el magistrado dará a conocer los fundamentos a las partes, oportunidad en las que estas podrán, en caso de así considerarlo, casar el fallo y que sea revisado por el tribunal de la Sala Penal de la Corte de Justicia.
En caso de no recurrir la sentencia, quedará firme e inmediatamente se procederá a la detención de Aguilar y su traslado al penal de Miraflores.
En la sentencia, el juez también le fijó una serie de reglas de conducta a Aguilar, las que deberá cumplir como, por ejemplo, fijar un domicilio y no salir de la provincia o el país sin informar previamente al tribunal.
Dalla Lasta afirmó que “no fue un homicidio común” y pidió 22 años de prisión para Aguilar
Al solicitar la pena para Javier Aguilar, el fiscal Laureano Dalla Lasta sostuvo que el crimen del cabo Diego Chaves reviste una gravedad excepcional y no puede ser equiparado a un homicidio común.
Durante su exposición, remarcó que Aguilar actuó de manera intencional al utilizar un cuchillo para herir mortalmente a la víctima en el pecho y calificó el ataque como “artero y a traición”. Además, destacó que Chaves perdió la vida mientras intentaba proteger a dos mujeres que sufrían violencia, una de ellas con discapacidad y la otra menor de edad, en cumplimiento de su deber como efectivo policial.
El fiscal recordó que, tras apuñalar al cabo, Aguilar intentó continuar con las agresiones, situación que fue frenada por la intervención de vecinos que arrojaron piedras. También señaló el impacto irreparable del crimen en la familia de la víctima, especialmente en su hija de siete años.
Si bien reconoció como atenuantes la falta de antecedentes penales computables y un informe socioambiental favorable, consideró que la magnitud del hecho exige una sanción superior al punto medio de la escala penal. “Chaves no perdió la vida en un contexto común, sino mientras protegía a los demás”, afirmó.
Por ello, solicitó una condena de 22 años de prisión, al entender que la pena debe reflejar la especial gravedad de haber dado muerte a quien cumplía funciones de protección de la comunidad.
La defensa pidió el mínimo de la pena para Aguilar
En la audiencia de cesura, la defensa de Javier Aguilar solicitó una condena de 8 años de prisión al sostener que, tras el veredicto del jurado popular, la pena debe fijarse únicamente en función del delito de homicidio simple.
Los abogados remarcaron que desde el inicio del debate mantuvieron la misma postura y señalaron que el jurado descartó que el ataque estuviera motivado por la condición de policía de Diego Chaves. En ese sentido, afirmaron que el hecho se produjo en el marco de un conflicto familiar y que no puede agravarse la pena por una circunstancia que fue rechazada por los doce ciudadanos que integraron el jurado.
Como atenuantes, destacaron la falta de antecedentes penales de Aguilar, el pedido de perdón expresado a la familia de la víctima, su entrega voluntaria tras el hecho y la buena conducta demostrada durante su detención. También hicieron referencia a su situación familiar, indicando que es padre de dos hijas y que la madre de las niñas posee una discapacidad.
Además, citaron antecedentes jurisprudenciales en los que se impusieron penas menores en casos de homicidio con características similares. Por ello, solicitaron que el tribunal fije una condena de 8 años de prisión.











