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18 febrero 2026, 7:06 pm

Revés para discapacitados

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La decisión se produjo tras la apelación de nación, realizada a través de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

POLÍTICA

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Por Redacción El Esquiu

18/2/2026 · 02:03 hs

En una inesperada decisión, la Cámara Federal de Tucumán resolvió revocar la sentencia que había ordenado restituir las pensiones no contributivas por invalidez suspendidas en el marco del decreto 843/24.

El fallo del juzgado Federal 2 de Catamarca, dictado por el juez Guillermo Díaz Martínez en septiembre último, había considerado la demanda como carácter colectivo y ordenado a la ANDIS restablecer los beneficios en un plazo de 24 horas. Sin embargo, el tribunal de alzada entendió que no estaban dadas las condiciones para una acción colectiva. 

Los jueces Mario Rodolfo Leal, Ricardo Mario Sanjuan y Marina Cossio sostuvieron que no existía un hecho único que afectara de la misma manera a todos los beneficiarios. Según argumentaron, cada situación debía analizarse individualmente, ya que en algunos casos las suspensiones fueron correctas, en otros preventivas y en otros, incluso, no se había concretado notificación formal.Además, la Cámara consideró que la Defensoría del Pueblo de Catamarca carece de legitimación para accionar contra un organismo nacional, ya que sus competencias constitucionales se limitan al ámbito provincial y municipal.

Otro de los puntos cuestionados fue que el juez de primera instancia señaló al Decreto 843/24 como origen del perjuicio, pero no declaró su inconstitucionalidad, lo que, según el tribunal, genera una contradicción al atribuirle efectos dañosos sin invalidarlo formalmente.

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