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6 abril 2026, 4:48 pm

El Gobierno oficializó un anticipo financiero a 12 provincias por $400 mil millones

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Mediante decreto, el Ministerio de Economía habilitó la asistencia financiera para 12 jurisdicciones. Los fondos deberán devolverse con una tasa del 15% y mediante retenciones automáticas de la coparticipación.

NACIONALES

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Por Redacción El Esquiu

6/4/2026 · 07:54 hs

El Gobierno nacional dispuso la entrega de un anticipo financiero a un grupo de provincias por hasta $400.000 millones. Los fondos estarán destinados a cubrir compromisos urgentes vinculados a gastos corrientes y amortización de deudas.

La medida fue oficializada hoy a través del Decreto 219/2026 y faculta al Ministerio de Economía a canalizar los fondos durante el Ejercicio Fiscal 2026.

Según se detalla, las provincias alcanzadas son Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán. El monto específico para cada jurisdicción será definido por la Secretaría de “conforme a la capacidad de repago de cada provincia sobre la base de su participación en la recaudación de tributos nacionales”.

Además, en el Boletín Oficial se indicó: “Facúltase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a disponer la cancelación de los anticipos otorgados, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %, mediante la afectación de la respectiva participación de las provincias detalladas en el artículo 1° del presente decreto, en el régimen de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico”.

La citada secretaría también podrá “disponer las condiciones de desembolsos a las provincias, formas de cancelación y demás condiciones aplicables, pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones para determinarlos”, mientras que se estableció que, a los fines de dar cumplimiento a la presente medida, “los Gobiernos de las provincias que se detallan el mencionado decreto deberán:

Afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses y autorizar a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que la sustituya, y de otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado más sus intereses, con el fin de cancelar los fondos que se otorgan con más sus intereses”.

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